Agentes de la Edificación
Son agentes de la edificación todas las personas, físicas o jurídicas, que intervienen en el proceso de la edificación.
Promotor
Decide, impulsa, programa y financia, con recursos propios o ajenos, las obras de edificación para sí o para su posterior enajenación, entrega o cesión a terceros bajo cualquier título.
Obligaciones:
- Aportar en el proyecto la información y documentación necesaria, así como establecer los objetivos de calidad y ostentar la titularidad del solar.
- En la ejecución, se encargará de gestionar los permisos administrativos, licencias, etc., contratar a los agentes intervinientes, autorizar las modificaciones que se puedan dar en el proyecto, suscribir los seguros obligatorios y encargar la elaboración del libro del edificio.
Responsabilidades:
- Responder solidariamente con todos los intervinientes si no se puede individualizar la causa de los daños materiales por defectos de construcción.
- Indemnizar al asegurado a primer requerimiento.
- La LOE independiza la indemnización y la responsabilidad para la protección del usuario.
Proyectista
Es quien, por encargo del promotor y con sujeción a la normativa técnica y urbanística correspondiente, redacta el proyecto.
Obligaciones:
- Estar en posesión del título habilitante.
- Estar legalmente capacitado.
- Elaborar la documentación del proyecto y entregarla al promotor.
Entidades de Control (OCT)
Capacitadas para prestar asistencia técnica y verificar la calidad del proyecto, de los materiales y la ejecución.
Obligaciones:
- En el proyecto, debe prestar asistencia técnica a la verificación del cumplimiento del CTE y de los requisitos básicos de la edificación.
- En la ejecución, debe prestar asistencia técnica a la dirección facultativa en la verificación de los materiales e instalaciones; debe entregar los resultados al autor del encargo y al director de ejecución de obras, así como indicar las anomalías que se detecten para que la dirección facultativa las corrija.
Constructor
Asume con el promotor el compromiso de ejecutar, con medios humanos y materiales, propios o ajenos, las obras o parte de las mismas con sujeción al proyecto y al contrato.
Obligaciones:
- Estudiar el proyecto y la viabilidad de su ejecución antes del comienzo de las obras.
- Ejecutar la obra con sujeción al proyecto.
- Nombrar a un jefe de obra que asumirá la representación técnica del constructor en la obra y que, por su titulación o experiencia, deberá tener la capacidad adecuada de acuerdo con las características y la complejidad de la obra.
- Asignar los medios humanos y materiales que requiere la obra (subcontratas).
- Adquirir las materias primas y productos según el CTE y el proyecto.
- Comprobar cada unidad de obra.
- Facilitar a la dirección facultativa los datos necesarios para la documentación de la obra ejecutada.
- Firmar el acta de replanteo, el acta de comienzo y el acta de recepción de la obra.
- Suscribir las garantías previstas.
Responsabilidades:
- Responder por los daños materiales causados por vicios o defectos por impericia y falta de capacidad profesional o técnica.
- Responder por negligencia o incumplimiento de las obligaciones del jefe de obra, sus subordinados y personas físicas o jurídicas que subcontrate.
Director de Obra
Es quien, con la titulación habilitante y formando parte de la dirección facultativa, dirige el desarrollo de la obra en los aspectos técnicos, estéticos, urbanísticos y medioambientales, de conformidad con el proyecto que la define, la licencia de edificación y demás autorizaciones preceptivas y las condiciones del contrato, con el objeto de asegurar su adecuación al fin propuesto por el promotor.
Obligaciones:
- Estar en posesión del título habilitante.
- Estar legalmente capacitado.
- Verificar el replanteo de la obra y la adecuación de la cimentación y de la estructura proyectadas a las características geotécnicas del terreno.
- Resolver las contingencias que se produzcan en la obra y consignar en el libro de órdenes y asistencias las instrucciones precisas para la correcta interpretación del proyecto.
- Elaborar, a requerimiento del promotor o con su conformidad, eventuales modificaciones del proyecto que vengan exigidas por la marcha de la obra, siempre que las mismas se adapten a las disposiciones normativas contempladas y observadas en la redacción del proyecto.
- Elaborar y suscribir la documentación de la obra ejecutada para entregarla al promotor, con los visados que, en su caso, fueran preceptivos.
- Suscribir el acta de replanteo o de comienzo de obra y el certificado final de obra.
- Gestionar las interrelaciones de los técnicos intervinientes en la dirección facultativa y coordinar los proyectos parciales.
- Realizar las actuaciones del director de ejecución de obras, en el caso de que también actuara como tal.
Responsabilidades:
- Responder por la veracidad del certificado final de obra, lo cual implica responder incondicionalmente ante cualquier defecto que exista.
- Responder por las deficiencias y omisiones de un proyecto si acepta la dirección de obra sin haberlo elaborado él mismo.
Director de Ejecución de Obra
Es quien asume la función técnica de dirigir la ejecución material de la obra y de controlar cualitativa y cuantitativamente la construcción y la calidad del edificio.
Obligaciones:
- Estar en posesión del título habilitante.
- Estar legalmente capacitado.
- Verificar la recepción en obra de los productos de construcción, ordenando la realización de ensayos y pruebas precisas.
- Dirigir la ejecución material de la obra comprobando los replanteos.
- Consignar en el libro de órdenes y asistencias las instrucciones precisas.
- Suscribir el acta de replanteo o de comienzo de obra y el certificado final de obra.
- Colaborar con los restantes agentes en la elaboración de la documentación de la obra ejecutada, aportando los resultados del control realizado.
Responsabilidades:
Responder por la veracidad del certificado final de obra, lo cual implica responder incondicionalmente ante cualquier defecto.
Coordinador de Seguridad y Salud
Es quien se encarga de elaborar el estudio de seguridad y salud del proyecto. El promotor es quien se encarga de designar un coordinador en el proyecto y durante el proceso de ejecución de la obra.