Clasificación, Normativas y Requisitos en Construcciones Civiles: Una Mirada Integral

Clasificación de Construcciones

El objetivo es clasificar las construcciones de acuerdo a su tipo, clase y calidad.

A) Por Tipo

  • Galpones: Construcciones no habitacionales de un piso que cubren grandes luces, son de plantas libres, sus elementos verticales son pilares y elementos de transmisión de cargas horizontales. La techumbre soporta cargas menores a 150 kg/m2 y de cubiertas livianas inferior a 30 kg/m2.
  • Obras Civiles: Carreteras, túneles, muelles, molos, pistas de aterrizaje, termoeléctricas, centrales hidroeléctricas, etc. Se calculan con volumen o superficie de obra.
  • Obras Complementarias: Silos, estanques, estaciones de servicio, pavimentos exteriores, piscinas hechas en obra. También techumbres apoyadas en otras edificaciones y patios de servicio de construcción liviana. Se calculan por volumen o superficie de obra.
  • Otras Construcciones: Toda construcción que no corresponda a las tres anteriores.
    • Construcción Tradicional:
      • Construcciones resistentes en acero.
      • Con estructuras mixtas (acero y hormigón armado).
      • Muros de albañilería y bloques.
      • De estructuras soportantes de madera, yeso cartón o fibrocemento.
      • Construcciones de adobe.
    • Construcción Prefabricada: Son estructuras tipo panel.
      • Metálica: Panel exterior (madera corriente, prefabricados de hormigón, fibrocemento o similar) y panel interior (madera corriente o aglomerada, yeso cartón o similar).
      • Madera: Panel exterior (madera corriente, fibrocemento o similar) y panel interior (madera corriente o aglomerada, yeso cartón o similar).
      • Construcciones de placas o paneles prefabricados.

B) Clase

Se refiere al material predominante de la estructura vertical de la construcción.

C) Calidad

Diferencia de construcciones de una misma clase.

  • Galpones: Superior, media e inferior.
  • Obras Civiles: Se califican con una calidad única.
  • Obras Complementarias: Para silos, estanques, marquesinas, techumbres apoyadas y piscinas poseen calidad única. Para pavimentos, calidad 1 (resisten más de 200 kg/cm2) y calidad 2 (otros pavimentos).
  • Otras Construcciones: Superior, media superior, media, media inferior, inferior.

Ley de Copropiedad

Sirve para regular un régimen de propiedad inmobiliaria en que varias personas son propietarias con unidades de dominio exclusivo de cada uno de ellos (vivienda con sus respectivos gastos, oficina, bodegas, estacionamiento, etc.), pero a la vez poseen una o más áreas de dominio común (calles, terrazas, los destinados al servicio, recreación y esparcimiento, etc.) con el resto de los propietarios del edificio o condominio.

Función de Revisores Independientes

Estos deberán verificar que los anteproyectos y obras cumplan con las disposiciones legales y reglamentarias, debiendo emitir los informes que se requieran para tal efecto. También será necesaria la contratación de un revisor independiente para efectos en permisos de construcción o recepción de obras de edificios de uso público.

Se diferencian en:

  • Carga de Ocupación: Relación del número máximo de personas por m2 para el cálculo de sistemas de evacuación según el destino del edificio o de sus sectores.
  • Edificio de Uso Público: Con destino de equipamiento cuya carga de ocupación total es superior a 100 personas.

Aspectos del Contrato de Trabajo

Son los servicios prestados por personas que ejecutan trabajos por una remuneración a cargo del empleador. Debe contener:

  • Lugar y fecha del contrato.
  • Individualización del trabajador (nacionalidad, fecha de nacimiento, ingreso del trabajador).
  • Determinar las labores del trabajador y el lugar en que se desempeñará.
  • Monto y forma de pago.
  • Duración y distribución de la jornada de trabajo (máximo 45 horas semanales), salvo si fuera por turnos, se designa en base al reglamento interno.
  • Plazo del contrato.
  • Pactos acordados por ambas partes como beneficios adicionales (combustible, habitación, etc.), dejar testimonio si existiera cambio de domicilio del empleado, etc.

Conceptos Clave en la Normativa de Construcción

  • Ocupación Predial: Relación porcentual entre la superficie edificada determinada y la superficie total del terreno, descontando de esta última las áreas declaradas de utilidad pública.
  • Constructibilidad: Relación entre la cantidad total de m2 que se permite edificar en un terreno sobre el nivel de suelo natural y la superficie de este.
  • Línea Oficial: Deslinde entre propiedades privadas y bienes de uso público.
  • Línea de Edificación: A partir de la cual se levanta la construcción.
  • Adosamiento: Edificación no subterránea que se ubica contigua a los deslindes en la cual la longitud de adosamiento no podrá exceder del 40% de la longitud total del deslinde común del vecino. La altura no sobrepasará los 3,5 metros, salvo excepciones. La altura se medirá desde el nivel del suelo natural, etc.

Requerimientos para Presentar un Proyecto en la DOM

  1. Proyecto que cumple con las normas urbanísticas. Elaboración de carpeta, planos y antecedentes.
  2. Aprobación del proyecto: Cálculo de derechos. Establecer el tipo y clase de edificación.
  3. Estadística de edificación. Completar formulario único de estadísticas.

Obligaciones del Trabajador de la Construcción

  • Ejecutar el trabajo personalmente y por el tiempo que dure el contrato o la obra.
  • Obedecer las órdenes del empleador o quien lo represente.
  • Utilizar y mantener adecuadamente los elementos de protección personal (EPP).
  • Conocer las medidas de prevención de riesgos necesarias para desarrollar su trabajo con seguridad, especialmente en altura y/o subterráneo.
  • Solicitar al empleador que le informe y lo capacite adecuadamente antes de iniciar su trabajo.

Derechos del Trabajador de la Construcción

  • Exigir la escritura del contrato y recibir una copia firmada.
  • Debe escriturarse y ser firmado por ambas partes en un plazo de 15 días y 5 días si el contrato es por obra menor a 30 días.
  • Recibir remuneración por servicios prestados pagadas a fecha pactada.
  • Descanso de mínimo 30 minutos.
  • Descanso semanal o bisemanal si lo acuerdan las partes por trabajos lejos de centros urbanos.
  • Jornada que no supere las 10 horas.
  • Acordar por escrito hasta 2 horas extras diarias con un 50% de recargo.
  • Exigir gratuitamente la entrega de EPP.
  • Constituir o afiliarse al sindicato.
  • Negociar colectivamente conforme a la ley.

La Remuneración

  • Debe pagarse con la periodicidad y en la fecha indicada en el contrato.
  • No son remuneración los viáticos, movilización, etc.
  • Se podrá fijar por unidad de pieza, medida u obra o trabajo a trato.
  • No se pueden descontar de la remuneración herramientas perdidas o dañadas, salvo por sentencia judicial.

Gratificación

Monto de dinero que corresponde al trabajador en función de las utilidades de la empresa. Se hace efecto a través de:

  • Reparto de al menos el 30% de las utilidades líquidas anuales de la empresa.
  • Pago del 25% de la remuneración del trabajador con un tope anual de 4.75 ingresos mínimos mensuales.

Subcontratación

Aquel realizado, en virtud de un contrato de trabajo, por un trabajador para un empleador, denominado contratista o subcontratista, quien en razón de un acuerdo contractual, ejecuta obras o servicios por cuenta y riesgo propio y con trabajadores bajo su dependencia, para una tercera persona natural o jurídica dueña de la obra, empresa o faena.

Documentos para Solicitar Permisos de Edificación, Ampliación y Remodelación

  • Solicitud de permiso de edificación firmado por propietario, arquitecto, constructor e ingeniero civil.
  • Listado de todos los documentos y planos firmado por el arquitecto.
  • Declaración simple del propietario de ser el titular del dominio del predio.
  • Fotocopia de escritura de propiedad con inscripción.
  • Patente municipal.
  • Declaración del arquitecto por el estado de la obra.
  • Formulario único de estadística de edificación.
  • Certificado de factibilidad de servicios de agua potable y alcantarillado.
  • Todos los planos de arquitectura.
  • Especificaciones Técnicas (ET).

Además, según el caso:

  • Memoria de cálculo y planos de estructura.
  • Si el edificio es de uso público, el informe del revisor independiente autorizado por el MINVU.
  • Memoria del revisor del proyecto de cálculo estructural.

Condominios

Construcciones o terrenos acogidos por el régimen de copropiedad inmobiliaria regulado en la presente ley:

  • Tipo A: Construcciones divididas en unidades emplazadas en un terreno de dominio común.
  • Tipo B: Predios con construcciones o con proyectos de construcción aprobados en el interior de cuyos deslindes existan simultáneamente sitios de dominio exclusivo a cada copropietario y terrenos de dominio común de todos ellos.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.