Sistemas hidratantes

2 TIPOS DE PROTECCIONES CONTRA INCENDIO


Protección Pasiva


: La que se basa en elementos de construcción que Por sus condiciones físicas aíslan la estructura de un edificio de los efectos Del fuego durante un determinado lapso de tiempo y retardando su acción para Dar más tiempo para la llegada y acción de bomberos.

Los elementos de construcción o sus Revestimientos pueden ser de materiales no combustibles, con capacidad propia De aislación o por efecto intumescente o sublimante frente a la acción del Fuego.

Protección activa:


La compuesta por sistemas que, conectados a sensores o dispositivos de Detección, entran automáticamente en funcionamiento frente a determinados Rangos de partículas y temperatura del aire, descargando agentes extintores de Fuego tales como agua, gases, espumas o polvos químicos.

Artículo 4.3.2. Para los efectos de La presente Ordenanza, el comportamiento al fuego de los materiales, elementos Y componentes de la construcción se determinará de acuerdo con las siguientes Normas o las que las reemplacen:

Normas generales, sobre prevención de incendio en edificios:

·NCH 933 Terminología

·NCH 934 Clasificación de fuegos.

Normas de resistencia al fuego:

·NCh 935/1 Ensaye de resistencia al fuego – Parte 1: Elementos De construcción general.

·NCh 935/2 Ensaye de resistencia al fuego – Parte 2: Puertas y Otros elementos de cierre.

·NCh 2209 Ensaye del comportamiento al fuego de elementos de Construcción vidriados.

Normas sobre cargas combustibles en edificios:

·NCh 1914/1 Ensaye de reacción al fuego – Parte 1: Determinación de la no combustibilidad de materiales de construcción.

·NCh 1914/2 Ensaye de reacción al fuego – Parte 2: Determinación del calor de combustión de materiales en general.

·NCh 1916 Determinación de cargas combustibles.

·NCh 1993 Clasificación de los edificios según su carga Combustible.

Normas sobre comportamiento al fuego

·NCh 1974 Pinturas – Determinación del retardo al fuego.

·NCh 1977 Determinación del comportamiento de revestimientos Textiles a la acción de una llama.

·NCh 1979 Determinación del comportamiento de telas a la Acción de una llama.

Normas sobre señalización en edificios:

·

NCh 2111

Señales de seguridad.

·NCh 2189 Condiciones básicas.

Normas sobre elementos de protección y combate contra Incendios:

·NCh 1429 Extintores portátiles – Terminología y definiciones.

·NCh 1430 Extintores portátiles – Carácterísticas y Rotulación.

·NCh 1433 Ubicación y señalización de los extintores Portátiles.

·NCh 1646 Grifo de incendio – Tipo columna de 100 mm – Diámetro nominal.

Normas sobre rociadores automáticos:

·NCh 2095/1 Sistemas de rociadores– Parte 1: Terminología, Carácterísticas y clasificación

·NCh 2095/2 Sistemas de rociadores- Parte 2: Equipos y Componentes.

·NCh 2095/3 Sistemas de rociadores- Parte 3: Requisitos de los Sistemas y de instalación.

·NCh 2095/4 Sistemas de rociadores- Parte 4: Diseño, planos y Cálculos.

·NCh 2095/5 Sistemas de rociadores- Parte 5: Suministro de Agua.

·NCh 2095/6 Sistemas de rociadores- Parte 6: Recepción del Sistema y mantención.

MEDICIONES Vías DE Evacuación


Pasamanos Zona descanso: Req. Legal: Entre 0,95 m y 1,05 m.

Pasamanos tramo Inclinado: Req. Legal: Entre 0,85 m y 1,05 m.

Altura de contra huella: Req. Legal: No mayor a 0,18 m

Ancho de huella: Req. Legal: No inferior a 0,28 m

Ancho libre: Req. Legal: No inferior a 1,6 m

Alto puerta salida de escape: Req. Legal: No inferior a 2 m

Ancho puerta salida de escape: Req. Legal: No inferior a 0,9 M

Alto puerta de escape: Req. Legal: No inferior a 2 m

Ancho puerta de escape: Req. Legal: No inferior a 0,85 m

Ancho libre escala:
Req. Legal: No inferior a 1,6 m

Carga cupacional:

Artículo 144º


.- Conjuntamente con la solicitud de recepción de las edificaciones cuya carga de Ocupación sea igual o superior a 100 personas, destinadas a edificaciones Colectivas, equipamientos y actividades productivas, se deberá adjuntar copia Del plan de evacuación ingresado al Cuerpo de Bomberos respectivo. Dicho plan Incluirá las condiciones generales de seguridad, de seguridad contra incendio y De funcionamiento de las instalaciones de emergencia de los edificios en lo Relativo a la señalética implementada para las vías de evacuación, así como un Plano que incluya dichas vías, la indicación de los grifos, red seca, red Inerte, red húmeda, accesos, sistemas de alumbrado, calefacción, los artefactos A gas contemplados y sus requerimientos de ventilación, y otros antecedentes Que sea útil conocer en caso de emergencia.

Artículo 1.2.4.
Los Proyectistas serán responsables, en sus respectivos ámbitos de competencia, por Los errores en que hayan incurrido, si de éstos se han derivado daños o Perjuicios.

Artículo 4.2.3


El dimensionamiento de las vías de Evacuación de una edificación se basará en la carga de ocupación Correspondiente a la superficie servida por dichas vías.

Artículo 4.2.4


La superficie de la edificación o del Sector de ella que señala la tabla de éste artículo, se considerará ocupada por Personas para la determinación de la carga de ocupación. En edificios cuyo Destino no sea residencial u oficinas, cuando se contemple un número fijo de Ocupantes, podrán descontarse de la carga de ocupación aplicable a las salidas Comunes aquellos recintos que tendrán una ocupación no simultánea, tales como Auditorios o laboratorios en establecimientos educacionales, o salas de reuníón O casinos en establecimientos industriales.

Artículo 4.2.5


. El ancho mínimo de cualquier sección De una vía de evacuación se determinará en base a la carga de ocupación de la Superficie que sirve dicha sección. En el piso de salida de edificaciones de Dos o más pisos se considerará

como superficie servida la ubicada hasta en el nivel superior O inferior adyacente a dicho piso, sin incluir la superficie de los demás Pisos. En caso de convergencia de un piso superior y uno inferior en un piso Intermedio de salida, el ancho de la salida debe calcularse sumando el número De ocupantes de los pisos superior e inferior. Se exceptúan de lo indicado en Este artículo las escaleras, cuyo

ancho mínimo será determinado conforme al artículo 4.2.10.

Las vías de evacuación pueden tener ancho variable siempre Que se

cumplan los anchos mínimos para cada tramo de ellas.

Cuando se contemplen dos o más vías de salida, la superficie Servida

por dichas vías se dividirá según el número de salidas.

Alturas mínimas

•Artículo 4.2.6. La altura mínima libre interior de las vías De evacuación será de 2,10 m medidos verticalmente en obra terminada desde el Piso hasta la proyección más cercana del cielo, vigas u otros elementos Salientes, salvo en el caso de las escaleras, en que la altura mínima se medirá Trazando un arco de 1,80 m de radio desde la nariz de las gradas. En los vanos De puertas se admitirá una altura libre mínima de 2 m.

Vías de evacuación

Artículo 4.2.8


. Para los efectos de este Capítulo, los Ascensores, escaleras mecánicas, rampas mecánicas y pasillos móviles no se Considerarán vías de evacuación, con las excepciones que señala el artículo 4.2.21. De este mismo Capítulo.

Artículo 4.2.9


. Las áreas externas de una edificación, Tales como patios, plazoletas, atrios o similares, susceptibles de ser ocupadas Por personas, deben estar provistas de vías de evacuación conforme a este Capítulo.

En estos casos la carga de ocupación del área externa será Determinada por el arquitecto del proyecto según los usos estimados para dicha área.

ESCALAS

Artículo 4.2.10. La cantidad y ancho mínimo requerido para Las escaleras que forman parte de una vía de evacuación, conforme a la carga de Ocupación del área servida.Cuando La carga de ocupación de una edificación sea superior a 1.000 personas deberá Adjuntarse al proyecto un Estudio de Evacuación que determine la cantidad, Disposición y carácterísticas de las escaleras necesarias sobre las requeridas.

Cuando se requieran dos o más escaleras, éstas deberán Disponerse de manera tal que en cada piso constituyan vías de evacuación Alternativas, independientes y aisladas entre sí.

Artículo 4.2.11


Las escaleras de Evacuación deben consultar pasamanos en un costado

Señalización Artículo 4.2.29


Todas las vías de Evacuación y sus accesos deben identificarse mediante señales de gráfica Adecuada. En cada caso deben contemplarse las señales necesarias para facilitar La evacuación de los ocupantes hasta el exterior, minimizando cualquier Posibilidad de confusión durante el recorrido de escape en situaciones de Emergencia

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.