Patentes y Diseños Industriales: Protección Legal de la Innovación

El Derecho de la Competencia y el Derecho Industrial

Invención Industrial y Diseño Industrial

Patente: derecho concedido en exclusiva al inventor para utilizar esa invención para una aplicación industrial. La patente depende de una concesión administrativa. La patente garantiza que, durante un periodo de 20 años, esa invención no podrá ser utilizada por nadie que no sea el inventor. El inventor sí podría conceder derechos de uso de la patente a un tercero. Por una parte, está el inventor que solicita la patente, y, por otro lado, un grupo de personas que obtendrá el derecho de uso de la patente. El derecho de patente está regulado a nivel nacional (ley de patentes), a nivel europeo (convenio de Múnich de 1973 y el reglamento que lo ejecuta) y a nivel internacional (convenio de la unión de París de 1883).

Requisitos de la Invención o de la Patente (Ley de Patentes)

  • Debe existir una invención. La ley de Patentes no define qué es una invención, pero define qué no es una invención: teorías científicas o métodos matemáticos, programas de ordenadores (Ley de Protección del derecho intelectual), planes o reglas relativos a actividades comerciales ni las diversas formas en las que podemos presentar una información.
  • La invención puede ser sobre cuatro cosas: el inventor crea un invento (producto) nuevo, puede consistir en una nueva sustancia, podría ser un nuevo proceso y que podamos hacer una aplicación nueva sobre el producto que nos resulte un final diferente.
  • Novedad. Invención nueva. La ley de Patentes indica que será nueva si no está comprendida en el estado de la técnica (art. 6), término jurídico que equivale a la información accesible y pública, que pueda ser conocida por todo el mundo.
  • La ley de Patentes exige que exista una actividad inventiva. La patente tiene que ser fruto de la actividad inventiva de la persona que crea. Si la patente deriva de una manera evidente del estado de la técnica, no se considerará que existe una actividad inventiva.
  • Aplicación industrial. La patente debe ser susceptible de ser aplicada en la industria (y sector agrícola).

¿Quién es el Inventor?

  • El beneficiario de la patente será el inventor, así como sus herederos.

El derecho a la patente surge cuando se inventa, o bien cuando se inscribe en la oficina de patentes (OEPM: oficina española de patentes y marcas). El derecho surge desde la invención con independencia del momento en que se inscribe en la oficina de patentes. La ley de Patentes marca una diferencia con la marca (art.10).

El hecho de que surja desde la invención tiene consecuencias:

  • Acción declarativa contra una persona que utilice la patente del inventor antes de que haya inscrito la patente.
  • Acción reivindicatoria contra una persona que utilice la patente que ya está inscrita en el registro de la oficina de patentes para que devuelva la patente o la deje de utilizar.

Las invenciones se hacen en el seno de la empresa, en el departamento I+D. Hay tres tipos de patentes:

  • Patente de encargo: los empleados realizan actividades de investigación. Según la Ley de Patentes, la invención patente será del empresario y los empleados no tienen una remuneración adicional por el hecho de haberlo desarrollado.
  • Patente de servicio (art.16): trabajadores que no son investigadores, pero la invención que realizan guarda una relación muy estrecha con las tareas de ámbito laboral. En este caso, la ley indica que la patente corresponderá al trabajador y no al empresario. Excepción: únicamente pertenecerá la invención al empresario si se ha obtenido aprovechando la actividad que el trabajador desarrollaba para el empresario.
  • Patente libre: cualquier otro tipo de invención que desarrolle el trabajador pertenecerá al empleado/trabajador.

Sistemas de Concesión de Patentes

  1. Sistema del examen previo de la novedad: antes de la concesión de la patente, la oficina revisa que exista una novedad.
  2. Sistema declarativo: el inventor se encarga de depositar la documentación, examina previamente la patente y la oficina no hace ningún examen.

La Ley de Patentes escoge el segundo sistema, el sistema declarativo.

Proceso de Concesión de la Patente

  1. Solicitud por parte del inventor a la OEPM.
  2. La oficina realizará un examen formal de la solicitud, verificando si se cumplen los requisitos de la invención.
  3. La oficina de patentes puede rechazar esa patente, únicamente si la falta de novedad es manifiesta. No podrá denegar la solicitud en caso de falta de actividad inventiva.
  4. Se le comunicará al inventor el informe sobre el estado de la técnica. Se abrirá un plazo para que se puedan realizar alegaciones, estas alegaciones o manifestaciones las puede realizar tanto el propio inventor o cualquier persona interesada en la concesión de la patente.
  5. La oficina de patente resolverá respecto a la concesión de esa patente. El hecho de conceder una patente, no prejuzga que esa patente tenga una actividad inventiva o novedad.

Efectos de la Concesión de una Patente

  • Principal efecto: obtención del derecho en exclusiva, que durará 20 años y podrá impedir que cualquier otra persona utilice la patente. Excepciones (art.50):
    1. Cualquier persona podrá utilizar la patente con fines experimentales.
    2. Agotamiento de la patente: cuando el titular de la patente comercializa o pone en el mercado esa patente, después no podrá impedir que esos productos circulen libremente por el mercado.
    3. Cuando de buena fe alguien ya estuviera explotando esa patente antes de que se concediera.

Acciones Civiles del Inventor para Defender su Patente

  1. Acción de cesación de los actos que violan el derecho de la patente.
  2. Derecho a una acción de daños y perjuicios (indemnización).

Medidas cautelares: acciones que se solicitan al juez antes de que se pronuncie sobre el procedimiento.

Acciones Penales

  1. Existe un delito de infracción de la propiedad industrial (art.264).

Cesiones a Terceros

Las cesiones del derecho de la patente pueden ser realizadas por cualquier título, que puede ser tanto un contrato privado entre el inventor y la persona que adquiere el derecho, una escritura pública… o cualquier otro documento que acredite que el inventor ha cedido el derecho. Lo más normal es el contrato de licencia. Contrato de licencia: aquel en virtud del cual el inventor autoriza a un tercero la utilización de una patente a cambio de un canon.

Existen dos clases de contrato de licencia:

  1. Contractuales: cuando existe libertad de pactos entre las partes.
  2. Licencias obligatorias: es la propia ley de patentes la que en determinados casos obliga al inventor a realizar la cesión de su patente.

¿Cuándo obliga la ley (86) a realizar una licencia obligatoria?

  • Cuando el inventor deja de explotar la patente por un periodo determinado.
  • Cuando el inventor no cubre las necesidades del mercado y con ello origina un daño al mercado nacional.
  • Cuando existe dependencia entre patentes, que la segunda licencia que se obtiene, se precisa de la primera patente para poder desarrollarse y, por lo tanto, se le concede una licencia obligatoria.
  • Cuando el interés público lo requiera.

Patentes Biotecnológicas

Se diferencian de la patente general en cuanto al requisito de descubrir un nuevo descubrimiento.

Modelo de Utilidad

Suele denominarse como patentes menores, porque en la actividad inventiva se exige menos que en la patente general.

Ejemplo de modelo de utilidad: jeringuilla, alguien inventa una jeringuilla sin tener que apretarlo, no es un invento, sino que solo se introduce una mejora en la patente.

Invento: nueva constitución o estructura.

Fundamentalmente, los requisitos del modelo de utilidad son menores:

  1. Novedad, el nuevo diseño puede estar comprendido en el estado de la técnica.
  2. Estado de técnica no será apreciado por un tercero.
  3. Derecho de modelo de utilidad. Son las mismas para las patentes.
  4. Derecho en exclusiva es inferior.

Protección del Diseño Industrial

  • Normativa nacional que regulan los diseños industriales, para protegerlo únicamente tenemos que presentar una solicitud (Ley de diseño industrial) a la oficina de patentes y marcas.
  • A nivel comunitario UE, reglamento comunitario de dibujos y modelos comunitarios.
  • Si conseguimos acreditar que ese diseño industrial tiene una invención creativa o creaciones literarias o artísticas vía de la propiedad intelectual. La ley de propiedad intelectual regula las invenciones o creaciones o softwares que crean los autores.
  • También se puede proteger el diseño por la vía de la marca.
  • Vía de la ley de competencia desleal.

Diseño Industrial

  1. Los dibujos bidimensionales.
  2. Modelos (diseños tridimensionales).

Diseño industrial: Consiste en la apariencia externa que tenga ese producto (embalaje, estructura o cualquier símbolo gráfico del producto), ya sea industrial o artesanal. El modelo industrial tiene una modificación que comporta el beneficio, mientras que el diseño no comporta una finalidad. Modelo de utilidad.

Requisitos

  • Absolutos: el diseño industrial debe estar visible en el producto.
  • Comparativos:
    1. Novedad.
    2. Carácter singular del diseño industrial, tenemos que comparar otros diseños para ver si podemos hablar de eso.

Registro de los Diseños Industriales

  • Presentar la solicitud ante la oficina española de patentes y marcas.
  • La solicitud nos dará una protección nacional además de la protección comunitaria (OAMI) o únicamente la comunitaria en OAMI en la oficina de Alicante.

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