Tipos e Intensidad de Impactos Ambientales

Tipos e Intensidad de Impactos Ambientales: Guía Completa

La caracterización y valoración de los impactos ambientales se realiza a través de 8 parejas de conceptos:

  • El impacto positivo (P) es aquel admitido como tal, en el sentido que mejora la situación actual, en el contexto de un análisis completo de los costes y beneficios genéricos. El impacto negativo (N) es el que se traduce en una pérdida de valor natural, cultural, y/o en un aumento de los perjuicios derivados de la contaminación, erosión, etc.
  • El impacto temporal (T) es aquel que supone una alteración no permanente en el tiempo, con un plazo temporal de manifestación que puede estimarse y que acaba con la actuación. El impacto persistente (PR) es el que supone una alteración indefinida en el tiempo de los factores que rigen la estructura y funcionamiento de los ecosistemas presentes.
  • El impacto simple (S) es aquel que se manifiesta sobre un único componente ambiental, sin la inducción de nuevos efectos. El impacto acumulativo (A) es el que, al prolongarse en el tiempo la acción del agente inductor, incrementa su gravedad en el sentido que el impacto sobre un componente induce efectos sobre otros.
  • El impacto directo (D) es el que tiene una incidencia inmediata en algún componente ambiental. El impacto indirecto (I) es aquel que sólo supone una incidencia secundaria, en relación con la interdependencia de un elemento ambiental con otro.
  • El impacto reversible (RV) es el que la alteración que supone puede ser asimilada por el entorno, debido al funcionamiento de los procesos naturales de la sucesión ecológica y de los mecanismos de autodepuración del medio. El impacto irreversible (IR) es aquel que supone la imposibilidad, o la “dificultad extrema”, de retornar a la situación anterior a la acción que lo produce.
  • El impacto recuperable (CR) es aquel en que la alteración que supone puede repararse por la propia acción humana y, asimismo, aquel en que la alteración puede ser reemplazable. El impacto irrecuperable (IC) es el que la alteración o pérdida que supone es imposible de reparar o restaurar por la acción humana.
  • El impacto periódico (PE) es aquel que se manifiesta con una frecuencia de acción intermitente en el tiempo. El impacto irregular (WP) es el que se manifiesta de forma imprevisible en el tiempo y cuyas alteraciones es preciso evaluar en función de una probabilidad de ocurrencia, sobre todo en aquellas circunstancias que pueden tener una gravedad excepcional.
  • El impacto continuo (CN) es aquel que se manifiesta con una alteración constante en el tiempo. El impacto discontinuo (DC) es el que se manifiesta a través de alteraciones intermitentes.

Grados de Intensidad del Impacto Ambiental

A manera de resumen de lo anterior, los grados de intensidad final del impacto que se reconocen son los 4 siguientes, ordenados de menor a mayor gravedad, donde se manejan tres criterios básicos para su valoración: la magnitud de la alteración, el valor del recurso afectado y la capacidad temporal de recuperación.

  • El impacto compatible (C) es aquel cuya recuperación de los recursos afectados, de valor bajo, es inmediata tras el cese de la actividad, y no precisa prácticas protectoras. Se aprueba la evaluación de impacto ambiental.
  • El impacto moderado (M) es el que sólo precisa medidas de protección suaves para la recuperación de los recursos (de valor medio-bajo), pero el retorno a las condiciones ambientales iniciales requiere cierto tiempo. Se aprueba la evaluación, con las medidas señaladas.
  • El impacto severo (S) es aquel en el que la recuperación de las condiciones del medio, integrado por recursos de valor medio-alto, exige la adecuación de medidas protectoras y, aún con ellas, la recuperación precisa un período de tiempo dilatado; en cualquier caso, son necesarias para aprobar la evaluación de impacto ambiental.
  • El impacto crítico (R) es aquel cuya magnitud es superior al umbral aceptable. Con él se produce una pérdida permanente de la calidad de las condiciones ambientales, sin posible recuperación de unos recursos que se consideran de alto valor, incluso con la adopción de medidas protectoras. En este caso no se puede aprobar la evaluación.

Plan de Vigilancia Ambiental

Para solucionar estos impactos, lo mejor es elaborar un Plan de Vigilancia Ambiental. cuyos objetivos son:

  • Analizar el grado de ajuste entre el impacto que teóricamente generará la actuación y el impacto real producido durante la ejecución de las obras y la puesta en funcionamiento de las nuevas instalaciones.
  • El plan debe comprobar que la calidad ambiental cumple con los objetivos planteados y que resultan eficaces las medidas protectoras propuestas.
  • Ha de detectar la aparición de impactos no deseables que puedan surgir y que son de difícil predicción en la evaluación anterior a la ejecución de las obras.

Todos estos objetivos se pueden resumir en el concepto que define la función del plan de vigilancia: el seguimiento de la evolución de los impactos producidos durante la ejecución de la obra, así como la comprobación de la eficacia de las medidas protectoras propuestas.

En definitiva, el plan de vigilancia debe garantizar que los impactos ambientales se producen según lo previsto y comprobar que los objetivos de calidad ambiental de la memoria se cumplen.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.